Ganas de Escribir. Página web de Juan Torres López

Financiación autonómica: algo más que algunas cuentas

La discusión y posterior aprobación del nuevo sistema de financiación autonómica ha vueltoa poner de manifiesto que se trata de un asunto que los gobiernos terminan por abordar con
perspectiva histórica, sino condicionados fundamentalmente por intereses a corto plazo y en función de la correlación de fuerzas existente en cada coyuntura.

 

Eso suele provocar que el debate riguroso se sustituya por la controversia más oportunista y que la demagogia termine por ser el lenguaje común en un contexto de una gran confusión para el ciudadano corriente. O, incluso, como ha venido ocurriendo en las semanas anteriores, que no se respete ni el tradicionalmente incontestable poder de los números, pues las prisas, la falta de argumentos de peso y la necesidad de contentar a todos ha obligado a multiplicar las propuestas, a corregirlas sobre la marcha y a tener que soportar chapuzas y errores indignos de quien tiene tras de sí a los mejores expertos del país.

 

La consecuencia más lamentable de que asuntos de tanta importancia se hayan resuelto con tanta demagogia es que el ciudadano normal y corriente no llega a estar al tanto de lo que
significan esas discusiones, que termine por desconocer los efectos que tendrán finalmente sobre su bolsillo y achaque las diferentes propuestas a las disputas habituales entre los diferentes partidos.

 

Aunque quizá sea eso precisamente lo que se persigue para que el ciudadano se desentienda antetan «complejo» problema y renuncie a pronunciarse.

 

En grades lineas, y con la obligada brevedad, la propuesta del gobierno se centra en cuatro grandes objetivos.

 

En primer lugar, la cesión a las Comunidades Autónomas de una parte de la recaudación que se obtiene por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se cede el 15% de la
tarifa de ese impuesto, o el 30% cuando se hayan transferido las competencias en sanidad. Esto, sencillamente quiere decir que no será el Estado quien disponga de todo lo recaudado por el IRPF para luego aplicarlo de una u otra forma, sino que esa capacidad correspondará, sobre el 30% cedido naturalmente, a las diferentes Comunidades.

 

En segundo lugar, se concede a las comunidades autónomas «capacidad normativa» sobre la parte que se ha transferido del impuesto. Eso implica, por un lado, que cada Comunidad puede
aumentar o bajar los tipos en una banda del 20%; por otro, que podrán establecer deducciones personales, familiares, por inversiones, etc.

 

En tercer lugar, se establece un sistema que pretende garantizar los ingresos que puede alcanzar cada Comunidad por estas vías. Para ello se establecen tres cautelas:

 

Uno. Los ingresos que reciba cada Comunidad no podrán ser menores que el incremento que se haya producido en el Producto Interior Bruto nominal. Es decir, se trata de fijar un límite
cuantitativo mínimo, por debajo del cual nunca puedan quedar los ingresos recibidos. Si así sucediera, se compensará con fondos previstos para ello.

 

Dos. El crecimiento de los recursos que obtenga cada Comunidad no será inferior al 90% del crecimiento medio que experimenten los mismos recursos para el conjunto de las Comunidades Autónomas.

 

Tres. En el quinto año del quinquenio la financiación por habitante que haya recibido una Comunidad no podrá ser inferior al 90% de la financiación media del sistema.

 

Cuatro. Para garantizar lo anterior se dotará un Fondo de Garantía con cargo al cual se compensarían las posibles diferencias si no se dan los supuestos anteriores.

 

En cuarto lugar, se establece la pretensión de que los ingresos de las Comunidades Autónomas vayan dependiendo cada vez más de los impuestos que ellas gestionan.

 

La aplicación de un sistema de financiación de esta naturaleza implica, de entrada, tres grandes cuestiones. En primer lugar, que se amplia la autonomía financiera de cada Comunidad,
pues ésta no es otra que la mayor capacidad de generar y aplicar recursos obtenidos con independencia del poder central. Desde este punto de vista, y si se entiende que es deseable
fortalecer el régimen de autonomía política, cabe considerar como positivo avanzar con esta filosofía de financiación autonómica, aunque no puede olvidarse que todo régimen de autonomía implica no sólo mayor responsabilidad en el gasto, sino también en la generación de ingresos.

 

En segundo lugar, y gracias a la nueva capacidad normativa, el sistema conlleva la posibilidad de que cada Comunidad pueda configurar las figuras impositivas (en los tramos correspondientes) en función de objetivos recaudatorios o de política económica específicos.

 

Lógicamente, y en lo que corresponde a la cuantía derivada de ese tramo, eso implica que la política económica general se desentiende de objetivos comunes, o dicho de otro modo, que una parte importante de la capacidad de intervención que proporciona el IRPF puede aplicarse con intereses que pueden ser no sólo distintos sino quizá indeseables para otras comunidades.

 

Finalmente, todo ello significa que en cada Comunidad los residentes harán frente a un distinto sistema impositivo, que puede comportar ventajas o cargas diferenciadas respecto a las
existentes en otros territorios. Aparecerán, en consecuencia, escenarios fiscales diversos que condicionarán las decisiones de inversión o de residencia y que terminarán inlfuyendo en las rentas disponibles de cada Comunidad. Lo cual quiere decir que cada territorio iniciará caminos mucho más distintos de los que están a su alcance cuando el sistema de financiación se homogeneiza.

 

Sin embargo, lo que interesa más al ciudadano es saber cuáles son las consecuencias más concretas sobre su bienestar y sobre las posibilidades futuras que se le pueden abrir, o cerrar, a su
respectiva comunidad.

 

En mi opinión, es muy difícil conocer en este momento los efectos concretos del nuevo sistema de financiación pues éstos dependen de variables sobre cuya evolución hay siempre más
dudas que certezas. En realidad, para establecer conclusiones concretas y rigurosas sobre sus efectos hay que estar a tenor del crecimiento efectivamente alcanzado por cada comunidad, de la eficacia real que lleguen a tener los mecanismos de compensación, o del uso que puedan realizar las diferentes comunidades de su capacidad normativa.

 

Sin embargo, hay dos tipos de circunstancias que permiten aventurar que el sistema no sólo no va a corregir, sino que aumentará, la desigualdad interterritorial en España por dos grandes
razones.

 

La primera es que precisamente el asunto que queda sujeto a menor definición es el referente a cuantías y aplicación específica de los fondos de garantía. De hecho, en escenarios no
bastante realistas cabe pensar que serán muy las comunidades que se beneficien de ellos pues es muy difícil que se den los supuestos establecidos. En segundo lugar, que la filosofía que inspira el sistema, y a la cual responde con precisión su contenido concreto, es que la mejor forma de garantizar el crecimiento global es favorecer el de las comuniodades más ricas.

 

Desgraciadamente, la experiencia histórica muestra sin ningún lugar a dudas que lo que se presenta como un tratamiento institucional igualatorio (la capacidad normativa, por ejemplo) termina siendo profundamente desigualador cuando se aplica a espacios desiguales.

 

El sistema actual, como los proyectos anteriores concebidos también al socaire de la fortaleza política de los partidos de la derecha catalana, se basa precisamente en desbrozar al máximo el terreno de las Comunidades más enriquecidas, precisamente porque, en igualdad de circunstancias, podrán disfrutar de beneficios allí donde las más empobrecidas encontrarán costes más elevados para encarar su desarrollo.

 Es normal que la derecha aborde el problema de la financiación autonómica, como tantos otros, soslayando conscientemente los problemas distributivvos a los que puede dar lugar y
despreciando la desigualdad existente o venidera. Sorprende, sin embargo, la respuesta tímida, e incluso confusa, de la izquierda, que parece preocupada, sobre todo, por la pérdida de mecanismos re-distributivos dependientes de la bondadosa mano del poder central (asequibles cuando gobiernan los suyos). Mientras que renuncia a afrontar de manera decisiva, definitiva y contundente un problema mucho más importante: la destrucción de aparato productivo y, en consecuencia, de capacidad de generación de recursos endógenos que sufren las comunidades autónomas más empobrecidas como consecuencia de la política económica deflacionista y desigual que se viene practicando.

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